jueves, 27 de septiembre de 2012

Ineficacia de la Ley Mype

La eficacia legal tiene una razon de ser de importante ya que viene a ser el equilibrio de la convivencia humana, por el cual todos aceptamos tener un orden en base a la justicia, pero vemos que esto se torna complejo ya que el propio hombre al desarrollar vuelve compleja su existencia y la eficacia de la ley va perdiendo fuerza.
De acuerdo con el Dr. Héctor Omar García Argentino - especialista en derecho del trabajo nos revela apuntes sobre la eficacia, la efectividad y la eficiencia de las normas jurídicas en relación a la Ley Mype.

Significados controvertidos, si los hay en Derecho, son los que se atribuyen a los términos eficacia, efectividad y eficiencia aplicados a las normas jurídicas, que implican situarse, nada menos que ante el que Hart calificó como “ambiguo y equívoco tema de la obediencia al Derecho”1. Los conceptos de eficacia, efectividad y eficiencia de las normas nos remiten a sus efectos y consecuencias, es decir, a la conexión misma entre normativa jurídica y realidad social, relación por la cual Elster las ha calificado como “cemento de la sociedad”2, lo que anticipa la idea de su relevancia epistemológico-práctica, fundada, entre diversas razones, en el valor que las normas tienen para inspirar y guiar la vida social3, porque hacen posible, en definitiva, la  integridad y la subsistencia de las sociedades en virtud del papel que ellas juegan para hacer más eficiente un grupo social4. La relevancia del tema requiere tomar en cuenta la recomendación de Capella acerca de evitar la confusión entre estos conceptos5, problema corriente entre los términos eficacia y efectividad y, en menor medida aunque también presente, entre efectividad y eficiencia. Por ejemplo, en la utilización teórica de estos conceptos, se suele identificar, indistintamente, tanto a la eficacia como a la efectividad con la aplicación real de las normas por los órganos competentes
y su cumplimiento por parte de los destinatarios. Para el mismo Capella,  eficacia se identifica con el logro de los propósitos perseguidos por el legislador; y efectividad implica el reconocimiento real de la norma como tal por parte de sus destinatarios y su real aplicación. Con estos significados coincide Díez-Picazo, para quien la efectividad depende de dos tipos de factores: que los destinatarios adopten las conductas que la norma dispone (la  espontánea absorción de la norma por la vida social) y que la norma sea de hecho aplicada por los jueces y órganos de aplicación en general6. Así también, para Jeammaud, la idea de eficacia de las normas responde a la pregunta por si se han logrado o no, de hecho, los resultados socioeconómicos buscados por quienes las legislaron (fines del legislador); mientras la efectividad pone en evidencia la relación de conformidad o no contrariedad con las normas, de las situaciones, los actos o los comportamientos que se encuentren o tengan lugar en su ámbito de aplicación, independientemente de los resultados concretos y demás consecuencias de su eventual observancia7.

Dichos sentidos se diferencian de los aportados por el profesor García Murcia, quien luego de advertir —en el documento preliminar disparador del debate en el seminario al que se destinó la ponencia que sustenta este trabajo— que los términos en cuestión dan lugar a su utilización alternativa o indiferenciada, prefiere asociar la noción de  eficacia con el grado de cumplimiento o de observancia real de las normas; la de efectividad, con el éxito o resultado de esa observancia, según sus fines y objetivos; y la de eficiencia, con los costos relativos que la norma entraña en comparación con otras posibles opciones normativas y dentro de un determinado sistema8.

En torno a las mismas nociones también se discurre en las disciplinas económicas, en particular, sobre los términos 
efectividad y eficiencia. Desde la ciencia del Management, Peter Drucker se refiere a los significados que suelen atribuirse a ambos términos en teoría económica,


recordando que, para la doctrina,  eficiencia significa la superación del nivel actual de rendimiento concentrando la atención en los costos, y efectividad implica el rendimiento óptimo de los recursos, asociado este efecto con el éxito como resultado y valor imprescindible para la administración de la empresa9. Carlos Nino conecta entre sí no sólo estos conceptos controversiales, sino vincula también, a través de ellos, los efectos de la observancia de las normas sobre el estado de derecho con el desarrollo económico. Para Nino, habría correspondencia entre la eficacia y la eficiencia de la norma jurídica cuando la observancia de la misma conduce a una suma agregada mayor de satisfacción de preferencias, descontando la frustración de preferencias10. Nino identifica a la ineficiencia con la anomia, más precisamente, con un singular tipo endémico argentino de anomia que afecta valores trascendentes del estado de derecho11, incluyendo entre los efectos ineficientes no sólo la falta de cumplimiento normativo, sino también las situaciones de inefectividad o ineficacia de normas aparejada por la observancia de otras normas ineficientes12.
En definitiva, porque encuentra una estrecha vinculación entre  ineficiencia, como ilegalidad, y subdesarrollo13 Aplicando ya estos conceptos a las normas que regulan la conflictividad laboral, un juicio crítico análogo suscita en Goldin la tendencia de algunos actores a sustraerse a las reglas de juego que el ordenamiento jurídico impone para la sustanciación del conflicto, que este autor considera expresión del escaso compromiso con el principio de legalidad que prevalece entre nosotros y resulta generadora de costos o ineficiencias de toda índole14.
Por mi parte, admitiendo las enormes vacilaciones que me genera la responsabilidad de atribuirles significados a tales conceptos, me siento más familiarizado con la identificación entre la  efectividad de la norma y su cumplimiento. Haciendo propias las palabras de Jeammaud, la efectividad constituye “una relación cuantitativa de conformidad con los datos del mundo social (situación de personas o de cosas, relaciones sociales, conductas, operaciones de los actores, etc.) a los modelos que constituyen las reglas que componen el sistema de derecho  considerado”15. Así también, entiendo por eficacia, la aptitud del instrumento normativo para procurar el resultado en cuya satisfacción ha sido concebido y diseñado16, y adhiero a las consideraciones que desarrolla Nino aplicando la noción de eficiencia.

Proximamente, trataré críticamente, a través del enfoque proporcionado por los mismos, conceptos, las normas que constituyen el régimen jurídico de la formalidad de la Ley Mype, sin perder de vista lo difícil y paradójico de su objetivo, que conjuga la garantía del ejercicio de un derecho fundamental (derecho al trabajo) con su neutralización.



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+ Ponencia que acompañó la exposición del autor en el Seminario Internacional sobre “Eficacia, efectividad y eficiencia del Derecho del Trabajo en los regímenes legales de condiciones de trabajo, conflicto laboral e inspección del trabajo ”, desarrollado en la Facultad de Derecho, UBA, Bs. As., los días 13 y 15 de septiembre de 2005 bajo la dirección de los Dres. Adrián Goldin y Mario Ackerman.

1.- HART, H. L. A., “El concepto del Derecho”, 2ª edición, trad. de Genaro R. Carrió, México, Editora Nacional,1980, p. 143, cit. por FALCÓN y TELLA, María José, “Concepto y fundamento de la validez del Derecho”, Editorial Civitas – Universidad Complutense, Madrid, 1994, p. 49.

2.- Cfr. ELSTER, John, “El cemento de la sociedad”, Barcelona, 1991. Citado por NINO, Carlos S., “Un país al margen de la ley ”, ed. Ariel, Bs. As., 2005, p. 31.
3.-Cfr. DÍEZ-PICAZO, Luis, “Experiencias jurídicas y teoría del derecho”, 3ª edic. corregida y puesta al día,Editorial Ariel S.A., Barcelona, 1999, p. 206.
4.- Cfr. NINO, C. “Un país...”, cit. p. 35 (sin itálica en el texto original).
5.-CAPELLA, Juan R. “El derecho como lenguaje”, Madrid, 1968, p. 104 y ss., citado por DÍEZ-PICAZO, L, Experiencias…”, cit., p. 206.
6.-DÍEZ-PICAZO, L, “Experiencias…”, loc. cit.
7.-JEAMMAUD, Antoine, “Legislación y realidad de la negociación. Apuntes para el análisis de sus relaciones”, en OJEDA AVILÉS, Antonio y ERMIDA URIARTE, Oscar (editores), “ La negociación colectiva en América Latina”, ed. Trotta, Madrid, 1993, pp. 15/6.
8.-GARCÍA MURCIA, Joaquín, “Una reflexión sobre la eficacia, la efectividad y la eficiencia en el Derecho del Trabajo”, ponencia introductoria al seminario internacional citada

9.-Este criterio no pregunta cómo haremos mejor esto o aquello, sino cuál de los productos aporta realmente resultados económicos extraordinarios o es capaz de obtenerlos; cuál de los mercados y/o de las aplicaciones finaleses capaz de producir resultados extraordinarios y a qué resultados deben asignarse por consiguiente los recursos y los esfuerzos de la empresa para producir resultados extraordinarios en lugar de los “corrientes” (…) “Pero aun la empresa más eficiente no puede sobrevivir, y mucho menos tener éxito, si es eficiente en lo que no corresponde; es decir, si carece de efectividad”. Cfr. DRUCKER, Peter, “La Gerencia. Tareas, responsabilidades y prácticas”, El Ateneo, Bs. As., 1973, p. 33. No obstante lo señalado, el tratamiento de la idea de  eficiencia en el presente trabajo pretende ser exclusivamente jurídico, esto es, descartando todo enfoque proveniente desde otras disciplinas, como v. gr., el atinente al “análisis económico del Derecho”.
10.-Nino recurre a dos nociones de eficiencia que considera más utilizados en la teoría económica, la de optimalidad de W. Pareto y la de   productividad, explicando que: “En términos de productividad, una acción colectiva es más eficiente que otra que se realizaría en la misma situación cuando los ‘bienes’ que la primera produce, descontados los costos de la acción, son de un valor total superior al de los bienes producidos por la segunda, descontando igualmente los costos”. Cfr. NINO, C. “ Un país...”, cit., p. 38.

11  “Hay un tipo de anomia, la anomia “boba” (...), que implica necesariamente ineficiencia”. Cfr. NINO, C. “Un país...”, cit., p. 40.
12  Este autor extiende la significación del concepto más allá de las “situaciones de inobservancia normativa generadora de una acción colectiva ineficiente”, a las situaciones en que esa  ineficacia se debe a la observancia de normas especiales, o particulares, o secretas o retroactivas, o cambiantes, o aplicadas arbitrariamente”. Cfr. NINO,C., “Un país...”, cit., p. 43 (sin itálica el original).
13  NINO, C. “Un país...”, cit., pp. 28/9.
14 GOLDIN, Adrián, “Salarios y conflictos laborales”, en Diario La Nación, 9/2/05.
15  JEAMMAUD, Antoine, “Presentación en el Seminaire internacional de droit comparé du travail, des relations profesionnelles et de la securité sociale” organizado por la Universidad Montesquieu, Bordeaux IV, Bordeaux,Francia, 4 al 15 de julio de 2005; tema: “La efectividad del Derecho Social: ¿bajo qué condiciones?”, citado porGOLDIN, Adrián, “ Sobre las causas de la inefectividad del derecho social; el caso argentino”, en DT, t. 2005-B, p. 1045 y ss.
16.-“La eficacia se revela (…) fuera del orden jurídico mismo, en consideración de un objetivo o de resultados metajurídicos, es decir, del campo socio-económico, político o ético y más o menos distantes de la producción de las reglas jurídicas de las que se trata”. Cfr. JEAMMAUD, A., citado por GOLDIN, A., “

Sobre las causas…”, cit., p. 1049.



La Sunat la base tributaria creció 9,2 % en marzo

La entidad estatal reportó 5 millones 772 mil inscritos en el Registro Único de Contribuyentes, RUC en marzo del presente año, de los que 4 millones 280 mil son personas naturales sin empresas y 1 millón 159 mil son personas naturales con empresas. Con estas cifras calculan que entre enero y marzo lograron aumentar la recaudación en más de S/. 4.000 millones.
La campaña de formalización consistió en la verificación de emisión de más de 100 mil comprobantes de pago, 7 mil 665 intervenciones laborales y 5 mil 400 intervenciones a centros comerciales para comprobar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, llegando a colocar mil carteles de incumplimiento, multas y cierre de locales.

La república entrevisto a Ángel Neyra presidente de la comisión de producción y planteo una propuesta para el sector Mype: Se busca la inclusión de alrededor de 2 millones de emprendedores informales que están al margen de la ley y representan el 75% de PEA y el 60% del PBI informal. Esta ley pretende que poco a poco los negociantes empiecen a tributar, ya que el Estado, a través de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), no percibe ingresos de estos negociantes.

La Cultura Tributaria:
Para empezar se tiene que ampliar la base tributaria a través de incentivos, la cual no afectará a los empresarios formales que ya se encuentran aportando.Uno de los incentivos más importantes es que el emprendedor que nunca ha tributado  solo asumirá el 20% de las cargas laborales y sociales, como por ejemplo el pago del seguro y asignación familiar. En el segundo año pagará 40%, y así progresivamente, hasta que se introduzca en el mercado formal. Otro incentivo es que si se contrata más trabajadores, tendrán un descuento en el impuesto a la renta. No hablamos de beneficios tributarios, solo de incentivos. La importancia de esta ley también es la identificación porque cuando un informal va a entrar al mercado formal, lo hará como persona jurídica, ya sea como S.A., S.A.C., E.I.R.L. Entonces, lo que nosotros proponemos es agregarle E.I. (Empresa Inclusiva) para poder identificarlo y pueda  recibir los beneficios, con lo que se favorecerá la Sunat, el Estado y, en especial, los trabajadores.

Medidas para las Mypes Informales:
Es necesario que el Estado intervenga en el mercado de la informalidad. Hace 10 años la micro y pequeña empresa representaba el 40% del PBI informal, hoy en día representa el 60%. Esto refleja que la ley anterior ha fracasado. La formalización no solo consiste en sacar un RUC o su licencia. La inclusión económica busca que ellos generen confianza económica en el mercado y a su vez que tengan un buen trato con sus trabajadores.

Siguie el incremento en el mercado informal:
El empresario lo ve rentable, pero no entienden que al no ser formales pierden  grandes oportunidades de exportar e incluso tienen las puertas cerradas para créditos que puedan ayudar a mejorar su negocio y su productividad mediante la tecnología. Por eso, ahora el Ministerio de la Producción  será el ente rector del sector y tendrá que dar políticas y lineamientos de promoción. Mientras que la entidad que tendrá la responsabilidad de la competitividad será la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide).
Ventajas
Los pequeños empresarios podrán acceder al crédito por reinversión, el cual consiste en la aplicación de un crédito de 5% por la adquisición de bienes, maquinarias y equipos nuevos. El principal aporte del proyecto es formar una cultura tributaria de las buenas prácticas, reducir la informalidad y bajar las tasas de interés hasta que los pequeños empresarios entiendan que la formalidad les da ventajas.

Necesidades de las empresarios.
Muchos arrastran deudas anteriores. Por lo que se evaluará solicitar, por única vez, una amnistía para las empresas que tienen deudas tributarias con la Sunat. Considerando que muchas de las deudas que han sido generadas a las mypes fueron en algún momento multas, por lo que es importante apoyarlas.

27 de mayo del 2012

Incorporación de Impuestos

La incorporacion al régimen general está estancada ya que las Mypes no han podido ingresar a éste regimen por los costos tributarios según el Banco Mundial

Competitividad Global

Los empresarios entrevistados por el reporte de competitividad laboral del 2011 destacaron cuatro problemas para hacer negocios en el Perú : Burocracia Ineficiente, Corrupción, Regulaciones Laborales Restrictivas y una Inadecuada oferta de infraestructura, de estos cuatro tres tienen que ver con la gestión del estado y uno con los costos laborales

miércoles, 26 de septiembre de 2012

Compras estatales en regiones por Mypes

Las micro y pequeñas empresas (MYPE) regionales se adjudicaron el 71% de los S/.9, 731 millones que gastó el gobierno en compras estatales en las regiones (adquisición de bienes, servicios e inversiones), al cierre del 2011.
Es decir, que las MYPE regionales se adjudicaron en total S/.6, 905.7 millones, informó la Cámara Nacional de Comercio, Producción y Servicios (Perucámaras).
A nivel nacional, el monto adjudicado en el 2011 fue de S/.18,829.7millones, de los cuales las empresas de Lima y Callao obtuvieron  S/.9,098.7 millones. De este cifra, las MYPE de Lima y Callao solo se adjudicaron, S/.3,531.4, lo cual equivale al 38.8% del total.
Perucámaras detalló que las regiones que registraron un mayor porcentaje de participación en las contrataciones del Estado fueron: Cusco (5.3%), Ancash (4.3%), La Libertad (4%), Arequipa (4%), Piura (3.7%), Cajamarca 2.9%), Loreto (2.8%), Puno (2.5%), e Ica (2.4%).
Asimismo, doce regiones del interior del país superaron el promedio de participación regional de las MYPE en las contrataciones estatales (71%). Estas son: Huánuco (94%), Madre de Dios (88.1%), Huancavelica (87.6%), Ayacucho (82.8%), Loreto (82.3%), Ica (82.2%), Pasco (77.9%), Apurímac (74.2%), San Martín (73.9%), La Libertad (73.3%), Ucayali (72.4%) y Cajamarca (71.9%).

En suma, al cierre del 2011 la participación de las MYPE en las compras estatales a nivel nacional registra un promedio de 55.4%, y al interior de las regiones, excluyendo Lima – Callao, registra una participación promedio de 71%. Esto es importante pero no olvidemos que debemos atender a los informales para incluirlos para que puedan salir adelante y no se beneficien algunos.

Mype Competitividad, Investigación e Innovación

La innovación que genera altos contenidos diferenciales es la que está basada en el conocimiento, resultado de proyectos de investigación y desarrollo.  El desarrollo del conocimiento es primordial, es el escenario  actual  y lo será con cada vez mayor énfasis en el escenario venidero. La sociedad futura será la sociedad del conocimiento  lo mencionaba hace ya varios años Peter Drucker.
Hay que destacar que Piura es una de la regiones que destaca por su iniciativa en formular y desarrollar proyectos de investigación e innovación quedando relegado Ica con 2 proyectos financiados

Costos No salariales

Los costos no salariales que tiene que pagar una Mype Essalud, CTS, Gratificaciones,etc, siendo alrrededor del 42% que asume el empresario y esto sumado al aumento de sueldo desalienta a la formalidad según Confiep, sólo se benefician las grandes empresas. El Perú presenta más costos no salariales

Comparación de Informalidad

En Chile la informalidad laboral es del 40% y su sueldo mínimo es de 182 000 pesos unos 388 dólares, miestras en Perú la informalidad es más de 70%, el mayor porcentaje se da por la mayor carga regulatoria en el Perú como los costo no salariales y el sueldo mínimo, cuando las Mypes crecen más de 20 trabajadores desaparece el RER y el RUS, el resto esta dividido en la baja productividad y en la deficiente gestión pública

Informalidad y Crecimiento

La informalidad ha disminuido en la última decáda en el Perú, gracias al crecimiento pero se ha observado que la disminución ha sido muy lenta, lo cual indica que aún a tasas de crecimiento muy altas la informalidad se va a mantener a menos que se haga algo más, donde las causas son tres: un marco regulatorio oneroso, los servicios públicos deficientes, y la productividad de los trabajadores.

Informalidad en el Peru

En nuestro Perú la tasa de informalidad por Regiones es muy variada, según el banco mundial cinco regiones son las que tienen más índice de Informalidad: Cajamarca, Amazonas, San Martín, Huancavelica y Ayacucho, siendo nuestra ciudad de Ica con el menor grado de Informalidad lo cual esto es notable

Informalidad en America Latina

Podemos apreciar que en America Latina  somos el tercer país mas informal, junto a Bolivia y Paraguay, donde el nivel alcanza el 75% de informales, según el Banco Mundial, esto es algo muy contradictorio dado que hemos tenido crecimiento económico, veamoslo en relación con la pobreza : Bolivia tiene un índice de pobreza del 54% mientras Paraguay tiene un índice de 56%

El Desafio de la Informalidad

Hola Amigos aqui les muestro un Informe a cargo del Banco Mundial de Norman Loayza y de la Camara de Comercio de Lima - 2011. Podemos observar que la informalidad es un problema muy complejo que abarca un nivel internacional, sudamericano y nacional, podemos ver que el Estado todavia no ha podido solucionar la informalidad a niivel nacional.